EDICTO-PROVIDENCIA PROFERIDA POR EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL MAGDALENA EL 22 DE JUNIO DE 2026,
La Alcaldía Distrital de Santa Marta, publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el numeral octavo de la providencia proferida por el Tribunal Administrativo del Magdalena, Magistrado Ponente Dr. Adonay Ferrari Padilla, el 22 de junio de 2026, mediante la cual se admitió la demanda de la referencia y se dispuso:
“OCTAVO: Infórmese de la presente demanda a los habitantes del Distrito de Santa Marta (Magdalena), mediante publicación que se fijará en el portal web de la Rama Judicial y SAMAI, en las páginas Web y las redes sociales de las entidades demandadas y vinculadas, para que cualquier persona natural o jurídica, organizaciones populares, cívicas y similares, el Defensor del Pueblo o sus delegados, personeros, y cualquier otra autoridad que por razón de sus funciones deba proteger o defender los derechos e intereses colectivos, intervenga por escrito y coadyuve esta acción antes de dictar sentencia de primera instancia. La Secretaría de esta Corporación y las entidades deberán allegar al despacho la respectiva constancia de publicación, durante el término de traslado de la demanda. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 472 de 1998. (...) (Resaltado fuera del texto)”.
1) AUTO ADMISORIO
2) ESCRITODE DEMANDA Y ANEXOSS